¿CÓMO EVALUAR EL ABUSO SEXUAL INFANTIL?
¿QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL? Diferenciación entre la acción y la omisión.
El maltrato infantil se puede definir como toda aquella conducta, ya sea por acción o por omisión, que no es accidental y que pone en peligro la seguridad y la satisfacción de las necesidades físicas y psicológicas de los menores de 18 años (Fernández & Bravo, 2002).
Está claro que el hecho de que, desde la niñez, establezcamos unos vínculos afectivos seguros y estables con nuestros progenitores, favorece en la edad adulta un mayor bienestar y un desarrollo biopsicosocial sano (Arruabarrena, 2011). Esto es así en la mayor parte de las familias, sin embargo, no debemos dejar atrás la realidad, y es que muchos hogares no están caracterizados por esta seguridad, estabilidad y bienestar.
Cuando hablamos de “maltrato por acción”, hablamos de toda aquella conducta emitida intencionalmente para hacer daño al menor, mientras que cuando hablamos de “maltrato por omisión” estaríamos haciendo referencia a la falta o inexistencia de conductas de cuidado que provocan una deficiencia en las necesidades de los menores.
Dicho o entendido de otra forma, el maltrato por acción es lo que comúnmente se entiende por maltrato, mientras que el maltrato por omisión es lo que comúnmente se entiende por abandono o negligencia. Así mismo, dentro del “maltrato por acción” podemos diferenciar varios tipos: el maltrato físico (golpes, empujones…), el maltrato psicológico (insultos, desvalorizaciones…) y el maltrato sexual (tocamientos, penetraciones, masturbaciones…).
Antes de nada hay que tener presente que la evaluación de esta problemática nunca es sencilla. La literatura nos habla de la existencia de muchos indicadores de maltrato infantil, sin embargo, estos indicadores son muy parecidos a los que puedan tener otro tipo de problemáticas, por lo que pueden ser fácilmente confundibles. Por ejemplo, los trastornos del sueño, los problemas escolares y los problemas en la alimentación, pueden ser indicadores de maltrato infantil, sin embargo también pueden ser síntomas que se pueden dar en los niños durante la separación de los padres (Echeburúa & Guerricaechevarria, 2005; Predeira & Lindstrom, 1995).
¿Conclusión? Si solo nos fijamos en los síntomas o indicadores de una problemática, sin cotejar la información de más fuentes, podríamos estar acusando a unos padres de maltrato cuando en realidad lo que puede estar viviendo el niño/a es un duelo complicado ante el divorcio de sus figuras parentales.
Teniendo en cuenta estas dificultades, hoy, nos vamos a centrar en la evaluación del maltrato por acción, y concretamente en el maltrato sexual, o conocido de otra forma como abuso sexual infantil (ASI).
¿CÓMO SE PRODUCE O QUÉ FASES TIENE EL ABUSO SEXUAL INFANTIL?
En primer lugar, podemos distinguir varias fases dentro del desarrollo del ASI. Estas serían:
- Inicio y desarrollo: el perpetrador inicia las conductas de forma sutil, mediante juegos, de tal forma que el niño se sienta siempre cómodo.
- Interacción sexual: una vez se ha ganado su confianza comienza la fase en la que se da la interacción sexual propiamente dicha, siempre en formato juego. Tocamientos, masturbaciones, penetraciones.
- Secreto: el perpetrador le hace saber al niño que ese “juego” que ambos tienen es un secreto que deben guardar entre ambos, es algo íntimo entre ellos dos que nadie debe saber.
- Descubrimiento: sería la fase en la cual se descubre dicho abuso. Se puede llevar a cabo de varias formas, una de ellas es la expresión abierta por parte del niño, en la cual el niño lo expresa por sí mismo, o bien como fruto del sufrimiento que lleva dentro. Este sufrimiento no se tiene en un principio, los menores por sí mismos no son capaces de identificar esas conductas como algo malo (recordemos que a ellos se lo han pintado en formato de juego), sino que se empieza a identificar como algo malo cuando ese tipo de conductas comienzan a tomar el significado que en realidad tienen.
- Supresión o represión: no ocurre en todos los casos, pero por ejemplo en el caso de que el abuso se hubiera producido por un familiar, en ocasiones el intento del menor después de haberlo contado es de continuar con la cohesión familiar a cualquier precio, por ello en ocasiones pueden restarlo importancia, o justificar el abuso.
¿CÓMO SE LLEVA A CABO LA EVALUACIÓN PERICIAL EN CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL?
En España, la forma más utilizada es mediante el protocolo SVA (Análisis de Validez de las Declaraciones), compuesto por una entrevista, la aplicación de los criterios CBCL y la Lista de Validez. Además, de administración de pruebas, sobre el diálogo de la entrevista (que debe tener una serie de características) se lleva a cabo este protocolo para analizar la validez de la declaración.
La ventaja de este procedimiento es que se trata de un método creado específicamente para el ámbito forense, mientras que la desventaja es que su validez disminuye en función de factores como pueden ser la edad, el tiempo que transcurre desde el suceso, la información que se le de al sujeto después del suceso, los interrogatorios que ya hayan sido llevados a cabo, si ha habido tratamiento o no…etc.
¿EN QUÉ CONSISTE ESTE PROTOCOLO SVA?
Bien como ya hemos dicho está compuesto por tres partes:
- La entrevista: para que sea adecuada, se debe dar en una condiciones óptimas con e objetivo de obtener la mayor información posible, sin que ésta esté sesgada. Por ello, tenderemos a las preguntas abiertas (preguntas en las que se obtiene un discurso libre por parte del menor), evitando en lo máximo posible las preguntas cerradas (típicas en las que se responde de forma dicotómica Sí/No). También debemos asegurarnos de que el tiempo que ha trascurrido entre los hechos y la entrevista no sea muy amplio, pues la memoria se deteriora cuanto más tiempo pase. Es necesario evitar que se produzcan declaraciones consecutivas (por un lado para evitar la victimización secundaria y por otro para que no se instauren memorias falsas por ejemplo). De esta forma, si ya existe una prueba preconstituida (entrevista grabada) sería aconsejable realizar el análisis con esa entrevista que realizar otra nueva.
- Criterios CBCL: una vez hecha la entrevista se tiene que transcribir (por ello la importancia de su grabación, para que no se escape ningún tipo de información). Y a partir de ahí se aplican los criterios CBCL. Para su aplicación se deben tener en cuenta solo los contenidos específicos del incidente sexual. Se trata de una evaluación de localidad del contenido de la declaración utilizando los citados criterios. Cada uno de ellos (o mejor dicho, la presencia de cada uno de ellos) será un indicador de la veracidad de la declaración.
- Por último, se aplica la Lista de Validez, que se trata de una sería de criterios que nos van a dar mayor información sobre la motivación del menor para informar, las características en las que se llevó a cabo la entrevista (como ya se ha dicho si se utilizaron adecuadamente las preguntas abiertas o no por ejemplo), las características psicológicas del menor (qué lenguaje tiene, si es adecuado, si tiene un afecto adecuado a la vivencia…) y sobre determinadas cuestiones de la investigación (por ejemplo, si hay consistencia con otras declaraciones y pruebas)
¿Conocías estos aspectos? ¿Tenéis otra forma de llevar a cabo estas valoraciones? ¿Consideras que necesitas una evaluación de este estilo?
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Bibliografía:
Arruabarrena, M. I. (2011). Maltrato Psicológico a los Niños, Niñas y Adolescentes en la Familia: Definición y Valoración de su Gravedad. Psychosocial Intervention, 20(1), 25-44. https://doi.org/10.5093/in2011v20n1a3
Fernández del Valle, J., & Bravo Arteaga, A. (2002). Maltrato infantil: Situación actual y respuestas sociales. Psicothema, 14.